ACUERDO del Consejo General por el que se aprueba el ajuste al gasto presupuestal para el año 2009 del Instituto Federal Electoral derivado de la situación económica y financiera del país y por el que se establecen las medidas adicionales de austeridad y uso racional de los recursos presupuestarios.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG437/2009.
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL POR EL QUE SE APRUEBA EL AJUSTE AL GASTO PRESUPUESTAL PARA EL AÑO 2009 DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL DERIVADO DE LA SITUACION ECONOMICA Y FINANCIERA DEL PAIS Y POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS MEDIDAS ADICIONALES DE AUSTERIDAD Y USO RACIONAL DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS.
Antecedentes
I. El 29 de agosto de 2008, el Consejo General en sesión ordinaria emitió el acuerdo CG355/2008 mediante el cual se aprobó el Anteproyecto de Presupuesto del Instituto Federal Electoral para el ejercicio fiscal 2009.
II. El 15 de diciembre de 2008, la Junta General Ejecutiva aprobó el Acuerdo JGE117/2008 mediante el cual se proponen al Consejo General, las obligaciones y las medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria que se derivan de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2009.
III. El 22 de diciembre del 2008, mediante Acuerdo CG953/2008 fue aprobado por el Consejo General del Instituto Federal Electoral, el Acuerdo por el que se aprueba el ajuste al presupuesto del Instituto Federal Electoral para el ejercicio fiscal del año 2009 por un monto de 700 millones de pesos del presupuesto solicitado y por el que se establecen las obligaciones y las medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria que se derivan de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009.
Considerando
1. Que el artículo 5, fracción I, inciso e), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos deberán determinar los ajustes que correspondan en sus presupuestos en caso de disminución de ingresos, observando en lo conducente lo dispuesto en el artículo 21 de esta Ley.
2. Que el artículo 21 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, establece que "Los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos deberán coadyuvar al cumplimiento de las normas de disciplina presupuestaria a que se refiere el presente artículo, a través de ajustes a sus respectivos presupuestos, observando en lo conducente lo dispuesto en la fracción III. Asimismo, deberán reportar los ajustes realizados en los informes trimestrales y la Cuenta Pública".
3. Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio 101.-335 del día 10 de agosto del 2009, solicita se informe a dicha Dependencia el ajuste a realizar al presupuesto del Instituto y la composición del mismo, con el objeto de llevar a cabo los registros presupuestarios correspondientes y contemplar dicho ajuste en los informes que, en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, deben entregarse al Congreso de la Unión.
4. Qué el artículo 118, numeral 1, inciso v) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, otorga al Consejo General la atribución de aprobar anualmente el anteproyecto de presupuesto del Instituto que le proponga el presidente del Consejo y remitirlo una vez aprobado, al titular del Ejecutivo Federal para su inclusión en el proyecto de presupuesto de egresos de la federación.
5. En términos de los considerandos expuestos, el presente Acuerdo tiene por objeto: Coadyuvar al cumplimiento de las normas de disciplina presupuestaria, a través de ajustes a diversos renglones presupuestarios y el establecimiento de las Medidas de Austeridad y uso Racional de los Recursos Presupuestarios, para que el gasto del Instituto se ejerza de la forma más eficiente y eficaz posible.
6. El 29 de mayo de 2009 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, los Lineamientos de Austeridad, Racionalidad, Disciplina y Control del Ejercicio Presupuestario 2009 del Gobierno Federal, con el objeto de que el gasto público se ejerza de la forma más eficiente y eficaz posible, tanto para ayudar a reactivar la economía mexicana, como para generar ahorros en áreas no sustantivas (alcance en organismos autónomos).
7. El Instituto Federal Electoral, como ente autónomo del Estado, ha venido instrumentando medidas de racionalidad y austeridad en el ejercicio de los recursos públicos que se le asignan, y en esta ocasión sensible a la severidad de la crisis económica y financiera del país, asume de manera responsable su compromiso, mediante la ampliación de las medidas de austeridad para la reducción del gasto durante el último cuatrimestre del año 2009.
Que de conformidad con los antecedentes y considerandos expresados y con fundamento en los artículos 5, fracción I, inciso e); y 21 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 118, numeral 1, inciso v) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Consejo General emite el siguiente:
Acuerdo
Primero. Se aprueba el ajuste al gasto presupuestal para el año 2009 del Instituto Federal Electoral derivado de la situación económica y financiera del país por un monto de 104.15 millones de pesos y se establecen las medidas adicionales de austeridad y uso racional de los recursos financieros para el último cuatrimestre, así como el ajuste temporal a la realización de diversos proyectos institucionales.
Segundo. Se aprueban las siguientes acciones que permiten dar cumplimiento al ajuste del gasto presupuestal del Instituto Federal Electoral para el año 2009, mismas que son de observancia obligatoria para todas las unidades responsables del Instituto, en los términos siguientes:
1) Las plazas presupuestales vacantes permanecerán en esa condición hasta el 31 de diciembre de 2009. Para su ocupación se requerirá la autorización expresa del Secretario Ejecutivo.
2) Reducir en 50% los gastos programados de viajes y de viáticos nacionales.
3) Suspender el presupuesto para viajes internacionales.
4) Suspender gastos por concepto de actividades culturales, deportivas y sociales.
5) Reducir en 50% el gasto en telefonía (convencional y celular).
6) Reducir al 50% la cantidad de bienes de consumo (papelería, café, galletas, materiales y artículos de oficina, refrescos y agua embotellada).
7) Reducir al 50% los servicios de alimentación, congresos y convenciones.
8) Reducir al 50% los gastos de representación de funcionarios.
9) Suspender las bases de la política salarial.
10) Reducir en 50% la dotación mensual de vales de gasolina para servidores públicos.
11) Reducir en 50% los gastos de asesoría externa.
12) Restringir la adquisición de bienes informáticos, equipos de energía ininterrumpida y software.
13) Suspender la adquisición de mobiliario modular y de oficina.
14) Suspender temporalmente la asesoría externa para la evaluación integral de la estrategia de capacitación y asistencia electoral del Proceso Electoral Federal 2008-2009.
15) Restringir la compra de consumibles (toners, discos compactos, diskettes, licencias de software).
16) Cancelar la impresión de ejemplares de la Constitución y COFIPE.
17) Suspender la adquisición de planta de energía para el edificio de Zafiro.
18) Suspender la adquisición e instalación de equipos de aire acondicionado.
19) Suspender la aplicación de recursos previstos para el rediseño de procesos de suministro.
20) Suspender cambios de domicilio que impliquen mayores recursos, así como las remodelaciones.
21) Reducir los gastos de campo que no estén relacionados con actividades del Registro Federal de Electores.
Tercero. A fin de dar cumplimiento al presente Acuerdo, se instruye a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Federal Electoral para:
· Comunicar oficialmente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, respecto de las medidas aprobadas.
· Instruir a todas las unidades responsables del Instituto para instrumentar las medidas del presente Acuerdo, con el apoyo de la Dirección Ejecutiva de Administración.
Cuarto. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que con base en lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se reporten los ajustes realizados en los informes trimestrales y la Cuenta Pública que se presentan a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Quinto. Las presentes medidas entrarán en vigor a partir del 1 de septiembre de 2009.
Sexto. Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 26 de agosto de dos mil nueve.- El Consejero Presidente del Consejo General, Leonardo Valdés Zurita.- Rúbrica.- El Secretario del Consejo General, Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.